En Perú el uso de mascarillas es obligatorio para circular por la vía pública

En Perú el uso de mascarillas es obligatorio para circular por la vía pública

Fuente: El Peruano

Cumplimiento de la norma incrementa las medidas de protección contra el coronavirus.

Es obligatorio el uso de la mascarilla para circular por las vías de uso público, enfatizó el Presidente de la República, Martín Vizcarra, al referirse al Decreto Supremo emitido por el Gobierno que dispone que los ciudadanos deben usar de manera obligatoria la mascarilla cuando salgan de sus viviendas, a fin de reducir el riesgo de contagio del coronavirus.

“Cuando uno salga de su vivienda y esté en un lugar público debe usar de todas maneras la mascarilla. Es obligatorio en la circulación fuera de la casa”, recalcó durante una conferencia de prensa virtual en Palacio de Gobierno.

Añadió que el Gobierno dará facilidades para que la población pueda acceder a estas mascarillas, inclusive de manera gratuita.

“Hemos sacado una norma para que se pueda producir la mascarilla. Las personas, los adultos, jóvenes y niños pueden usar las mascarillas hechas por el sector productivo textil. Hemos dado las características”, subrayó.

La medida de protección ante el coronavirus, de la obligatoriedad del uso dispuesta numeral 3.8 incorporado al artículo 3 del Decreto Supremo N° 051-2020-PCM, es complementaria a otras que dispone la circulación de ciudadanos varones y mujeres en días específicos.

El D. S. que modifica el Artículo 3 del Decreto Supremo N° 051-2020-PCM, detalla en el numeral 3.8 que para la adquisición de víveres o productos farmacéuticos, solo será permitido el desplazamiento de una persona por núcleo familiar.

Asimismo, precisa que los días lunes, miércoles y viernes únicamente podrán transitar personas del sexo masculino y los martes, jueves y sábados las personas del sexo femenino. El día domingo, la inmovilización social obligatoria es para todos los ciudadanos en el territorio nacional, día en el que no abrirán mercados, bodegas ni farmacias.

Quedan exceptuadas de esta prohibición las personas que tengan que cobrar cualquiera de los beneficios pecuniarios otorgados por el Gobierno en el marco de la Emergencia Nacional, así como para el cobro de pensiones en las entidades bancarias.

La medida forma parte de lo que el Gobierno ha denominado el “Segundo Martillazo” para aplanar la curva de crecimiento de los contagios de Covid-19 y, por otro lado, elevar la capacidad de respuesta asistencial y hospitalaria del sistema nacional de salud.

Mascarillas caseras

El Ministerio de Salud publicó el pasado 30 de marzo, una norma técnica que permite la producción en casa de máscaras de protección y así evitar el contagio de más personas.

Esta indica que pueden ser confeccionadas con polyester, nylon, algodón, fibras de celulosa o cualquier mezcla entre estos materiales mencionados.

Precisa también que se pueden trabajar dos modelos: la de tela anatómica, con corte en la parte de la barbilla y pinza en la zona del tabique nasal, con 19 centímetros de ancho, 19 de alto y 35 en el largo de las tirillas por lado.

El modelo de tela con pliegues, de forma rectangular y con dobleces en las capas interior y superior, debe tener 17,5 cm. de ancho por 9,5 cm. de alto (en el caso de adultos) y 14,5 de ancho por 8,5 cm. de alto (niños), con 35 cm. en el largo de las tirillas.

 

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